Con la aprobación del Real Derecho 435/2024 (que modifica el Real Decreto 472/2021) se le encarga a la Administración la tarea de evaluar los códigos deontológicos de los colegios profesionales a través de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Ante tal dictamen, la Comisión de Ética y Deontología del Colegio de Médicos de Madrid (ICOMEM) publicó un documento de posicionamiento en el que recuerda que el ordenamiento jurídico encomienda en exclusiva a los colegios profesionales -y no a la Administración- las funciones públicas sobre la profesión, entre las que se encuentra principalmente indicar sus normas deontológicas.
En la publicación, los 15 expertos que conforman este órgano asesor manifiestan que “designar a un organismo gubernamental para revisar -o someter a un test de proporcionalidad- los códigos deontológicos que legítimamente hayan proclamado los colegios profesionales, representa una extralimitación de las funciones de la Administración que compromete los intereses de los pacientes”.
Norma exigible a todos los médicos
El Código Deontológico alberga la norma exigible a todos los médicos. Así presta su servicio a la sociedad a la que pertenece, promoviendo la excelencia profesional, asunto inalcanzable para la mera norma legislativa.
“La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia carece de la especialización en las profesiones reguladas por los colegios y en consecuencia de la competencia para evaluar sus códigos de conducta”, advierten.
Además, aclaran que “es contradictorio que un organismo regulador del mercado sea el que realice tareas de supervisión de los fines y deberes de la profesión cuando la medicina se caracteriza, de hecho, por guiarse prioritariamente por criterios no comerciales”.






